Los negocios que están en el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) y las personas naturales, que debían declarar el Impuesto a la Renta en marzo de 2023 y no lo hicieron, se exponen a dos tipos de sanciones monetarias.
La primera es el pago de intereses por mora, que corresponde al 3% del valor del impuesto generado. «Ese valor tendrá que pagarlo por cada mes de retraso», explica la abogada tributaria Yael Fierro.
- Publicado en diario Primicias