Celebración de junta general ordinaria 2022 para las distintas especies de compañías

Conforme lo establecido en la Ley de Compañías, las Juntas Generales Ordinarias deberán celebrarse dentro del primer trimestre de cada año, es decir hasta el mes de marzo, para conocer y aprobar los puntos relacionados con el ejercicio económico anterior, mismos que se detallan a continuación:

Informe del Comisario (Este informe debe ser aprobado en la junta previo al conocimiento y aprobación del balance y los estados financieros). *Solo aplica para compañías anónimas u otras especies de compañías que contemplen esta función en los estatutos sociales*
Balance General y Estado de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
Informe del Administrador.
Informe de Auditoría Externa (Si la compañía tiene activos superiores a USD 500.000).
Distribución de beneficios sociales (Tomar en cuenta que las utilidades no podrán ser repartidas entre los accionistas si previamente no se han cubierto/absorbido las pérdidas).

La información de la compañía deberá ser cargada en el portal de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) dentro del primer cuatrimestre de cada año, es decir hasta el mes de abril.

Nota 1: En caso de que por alguna razón (debidamente justificada) no se pueda cargar la información antes detallada incluyendo el acta de junta correspondiente en el portal de la SCVS, dicha institución prevé, si la empresa lo solicita, la posibilidad de otorgar una prórroga (suele ser de 30 días), es decir, que se podrá presentar la documentación hasta finales del mes de mayo.

Nota 2: El otorgamiento de la prórroga es una facultad discrecional de la SCVS, por lo que en caso de que no sea otorgada y la Junta no se celebre, pueden existir sanciones pecuniarias, además de las acciones que tienen los accionistas conforme lo establecido en la Ley.