Ley de Inteligencia: la tecnología permite cualquier tipo de espionaje; el reglamento será clave para poner límites

La Ley de Inteligencia ya está en vigencia, luego de la publicación en el Registro Oficial. Eso significa que el Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) puede ejecutar las interceptaciones a comunicaciones y solicitar información de conexiones a los operadores del servicio de telecomunicaciones, tal como está contemplado en los artículos 51 y 52.

¿Eso significa que el Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) puede pinchar los teléfonos de cualquier persona? Los límites todavía pueden puntualizarse en el reglamento que elaborará el Ejecutivo, aunque tal como está la norma actual, deja a discrecionalidad el espionaje.

El Estado puede solicitar información a las Operadoras de Servicios de Telecomunicaciones

La Ley de Inteligencia obliga a los operadores de telecomunicaciones a entregar información a las entidades de inteligencia del Estado, siempre que exista una solicitud justificada y conforme a la normativa vigente. Esta información incluye datos personales como nombre, cédula, dirección, tipo de dispositivo, plan contratado, historial de llamadas y mensajes SMS, así como información técnica y de conexión, tanto histórica como en tiempo real.

Según la experta en ciberseguridad Diana Maldonado, los operadores también registran datos como direcciones IP, horarios de conexión, hábitos de navegación e interacciones entre usuarios. Incluso si una persona ya canceló su plan, las empresas podrán conservar y entregar información de hasta cinco años atrás.

La ley también exige proporcionar la ubicación de los usuarios mediante las celdas de conexión, lo que permite rastrear sus movimientos con un margen de entre 100 metros y varios kilómetros, dependiendo del área.

La ley de Inteligencia da la facultad al CIES de solicitar la interceptación de comunicaciones

La Ley de Inteligencia establece que, por razones de seguridad del Estado, la máxima autoridad del sistema puede ordenar la retención o interceptación de documentos y comunicaciones.

Según Maldonado, esto podría incluir desde la lectura de mensajes SMS hasta la activación de cámaras y micrófonos en dispositivos como teléfonos o Smart TV. También advierte que, si cuentan con la tecnología o el permiso del proveedor, podrían acceder a correos no cifrados u otras formas de comunicación, incluso mediante software espía. En definitiva, el alcance de estas intervenciones dependerá de las herramientas tecnológicas disponibles.

¿La Ley de Inteligencia pone en riesgo la privacidad de las personas?

En los artículos citados no se explica qué tipo de comunicaciones ni los límites de las interceptaciones, únicamente establece que deberán respetarse los principios de necesidad y proporcionalidad.

El abogado experto en protección de datos, Pablo Solines, dice que en la ley no están definidos esos principios, aunque señala que «la información requerida debe ser proporcional al riesgo que se quiere prevenir y que solo se recogerán los datos que son estrictamente necesarios para el proceso de investigación».

La última esperanza es que en el reglamento, que debe hacer el Ejecutivo, se incluyan los alcances de estos y otros artículos polémicos de la ley.

Para el abogado, el límite de la Ley de Inteligencia también está en los derechos contemplados en la Constitución, en particular, los relacionados con la privacidad y protección de datos personales.

«La ley debió establecer elementos y condiciones más claras para requerir la información personal de los abonados a los operadores de telecomunicaciones», indica Solines, y, además, cuestiona que no exista un procedimiento que contenga la posibilidad de sancionar en Caso de abuso a la ley, es decir, no existe un proceso de control al que debe estar sometido la autoridad de inteligencia nacional.

  • Publicado en Ecuavisa